sábado, 31 de mayo de 2014

DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS

Comentario del Capítulo VI del trabajo en la navegación marítima fluvial y lacustre.

En años anteriores muchos trabajadores vinculados a la navegación marítima desconocían normativas para esta condición de trabajo, gracias a la constitución del año 1999 y a la nueva LOTT toman en cuenta a estos trabajadores dándole el carácter jurídico para ejercer dichas  labores y así corresponder socialmente este tipo de trabajo o de labor.
Ahora bien, los trabajadores que forman o hacen vida dentro de la navegación marítima, son aquellos que laboran a bordo de un  buque  mercante, más  no se consideran en este rango los que cumplen misiones en un buque de guerra, ya que estos pertenecen a la marina de guerra. Esta ley establece las normas a seguir por el empleador o patrono para con los trabajadores y dignifica el trabajo de estos y su ámbito de aplicación según la ley:
“El trabajo en la navegación marítima, fluvial y lacustre de los y las integrantes de una tripulación que presten servicio a bordo de un buque mercante en beneficio de un armador, armadora, fletador o fletadora, tanto durante el tiempo de navegación como en el que se encuentren en puerto, se regirá por las disposiciones generales de la Ley que les sea aplicable en cuanto las de la presente Sección no las modifiquen. Igualmente, son aplicables a este régimen especial de trabajo, las convenciones colectivas, la Ley General de Marinas y Actividades Conexas, así como los Tratados Internacionales que Venezuela haya adoptado y ratificado, en esta materia”.

De igual manera establece como debe ser el contrato de los trabajadores, el contrato por viaje, la protección del salario, los turnos de guardia, descanso diario, labores especiales y de emergencias, el registro de trabajo extraordinario, los deberes patronales, establece que el personal tiene que estar a bordo en caso de mal tiempo, cuando se debe estar en cuarentena, la cantidad de tripulación mínima, prevención de riesgos, cuando hay accidentes, delegados a bordo, etc.  

miércoles, 28 de mayo de 2014

LA LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA

 La constitución de la república bolivariana de Venezuela del año 1999, establece el principio jurídico para el nuevo modelo a seguir dentro de la función pública en Venezuela. De acuerdo a lo anterior la constitución expresa en los artículos 144 145 el nuevo rumbo legal por explicar así,  que se deberá llevar dentro de la administración pública nacional.incluye la planificación de recursos humanos, procesos de reclutamiento, selección, ingreso, inducción, capacitación y desarrollo, planificación de las carreras, evaluación de méritos, ascensos, traslados, transferencia, valoración y clasificación de cargos, escalas de sueldos, permisos y licencias, régimen disciplinario y normas para el retiro.Por otro lado establece las oficinas de recursos humanos encargadas de velar  lo antes escrito. La ley incorpora o vela por los derechos de los funcionarios públicos, las sanciones de acuerdo a las faltas que comentan los funcionarios, el procedimiento a seguir para las sanciones cometidas por los funcionarios públicos, menciona los cargos dentro de la administración pública,  la remuneración de los cargos, la evaluación del desempeño, la capacitación junto con el desarrollo profesional del funcionario..en resumen esta jurisprudencia resalta que la funcion publica ejercida por los funcionarios públicos es de carácter nacional y lo que busca es mejorar la burocracia existente dentro de la administración publica, como lo logra a través del buen desempeño de sus funcionarios logrando que estos tengan un buen ambiente y sobre todo logrando que estos cumplan con lo propuesto   y establecido por parte de la administración publica.



sábado, 10 de mayo de 2014

Expectativas

Se parte de un principio, ese principio lleva por si paradigmas que establecen como llevar en la mente el cumplimiento de una meta personal…. En relación al comentario  explicando un poco mejor, la materia en si dará a conocer las herramientas necesarias legales existentes en Venezuela, con relación al marco laboral y la misma proveerá las bases, para actuar de manera legal dentro de la organización a la cual se pertenece.