jueves, 3 de julio de 2014

Del registro de las organizaciones sindicales

Del registro de las organizaciones sindicales

Es un derecho que tienen los trabajadores  a formar registrar un sindicato con el propósito de defender los derechos de estos en las empresas.

A esta realidad legal no escapa el cuerpo de bomberos del estado Mérida, de acuerdo a lo escrito anteriormente hubo un conglomerado de funcionarios adscrito al cuerpo de bomberos que toman la iniciativa de formar un sindicato, los mismos realizan los pasos a seguir de acuerdo a la ley para constituirlo, más sin embargo el factor político, impide en un primer momento la inscripción del mismo. Por qué lo impide, considera la máxima jerarquía regional que los bomberos son un órgano de seguridad ciudadana y estos no deben tener inscritos sindicatos por considerar que obviarían las responsabilidades laborales establecidos en el artículo 5 del decreto con fuerza de ley de los cuerpos de bomberos y bomberas de carácter civil, por lo que sería un problema para el estado venezolano que los bomberos no atendiesen las emergencias. Al existir esta opinión política por parte del ciudadano gobernador, pone como un obstáculo para lograr el registro del sindicato ante la inspectoría del trabajo del estado Mérida donde estos se inhiben de recibir e inscribir el sindicato de los bomberos. Ante esta negativa los representantes del colectivo agotan las diferentes vías administrativas e interponiendo como último paso un escrito ante el ministro de ese entonces del trabajo. El ministro de acuerdo al recurso interpuesto expresa lo siguiente, a pesar que las organizaciones bomberiles son órganos de seguridad ciudadana y que estos trabajan durante todo el tiempo en pro de la salvaguarda de la vida y los bienes de la ciudadanía, no son un cuerpo armado como lo es la armada nacional o el caso de la policía por lo que se  consideran que deben registrar estos sindicatos y darles el beneficio que por ley corresponde a los trabajadores del cuerpo de bomberos del estado Mérida, es importante conocer que los bomberos en la actual ley no establece que estos no puedan organizarse para formar un sindicato y con lo expresado por parte del ministro del trabajo da pie para la conformación de los sindicatos en los bomberos. resolucion nro. 6.135 de fecha 25-09-2008...

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