domingo, 6 de julio de 2014

Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

Cbrv De los derechos sociales y de las familias
Articulo 87 Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar.
El Estado desarrollará políticas que generen ocupación productiva y adoptará las medidas sociales necesarias para que toda persona pueda lograr una existencia digna, decorosa y provechosa para sí y para la sociedad. La libertad de trabajo no será sometida a otras restricciones que las establecidas en la ley.
Todo patrono y patrona estará obligado u obligada a garantizar a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de salud, seguridad, higiene y ambiente de trabajo digno y adecuado.
El Estado garantizará que en todos los ambientes del trabajo se cumplan dichas condiciones de salud, seguridad, higiene, ambiente y relaciones laborales acordes con la dignidad humana y creará instituciones que permitan el control y supervisión del cumplimiento de estas condiciones de trabajo.
El trabajo está sometido al régimen establecido en esta Constitución y leyes de la República.
LOPCYMAT 
Es la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, la cual es una reforma promulgada el 26 de julio de 2005 en Gaceta Oficial 38.236.es una ley obligatoria que se encarga de desarrollar los derechos constitucionales de los trabajadores, como poseer adecuadas condiciones de seguridad y medio ambiente del trabajo. Rige las relaciones jurídicas entre las personas que se encuentran bajo régimen de prestación de seguridad salud en el trabajo en concordancia con lo establecido en (LOSSS), del régimen prestacional de seguridad y salud en el trabajo y la constitución nacional.
Esta Ley que promueve la implementación del Régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el marco del nuevo Sistema Seguridad Social, abarca la promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción de los trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que correspondan por los daños que ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.
¿Cómo está constituida la LOPCYMAT?
La LOPCYMAT consta de 9 títulos, 26 capítulos, 136 artículos y 15 disposiciones.
Importancia de la LOPCYMAT
• Permite conferir de una forma más productiva y responsable la protección de nuestro recurso más importante que son los trabajadores.
• Propicia el resarcimiento del rol y la responsabilidad social que tiene el medio empresarial venezolano.
• Su correcto uso en el área laboral incrementa la capacitación y el desarrollo de los trabajadores y empleadores corresponsales de la optimización del medio ambiente de trabajo.

Metas de la LOPCYMAT
Garantizar, proteger y promover a los trabajadores el bienestar físico, mental y social de los trabajadores, así como prevenir toda causa que pueda ocasionar daño a la salud de los trabajadores, procurando al trabajador un trabajo digno, adecuado a sus actitudes y capacidades.Objetivo de la LOPCYMAT
El objetivo de la LOPCYMAT y su reglamento es garantizar a los trabajadores condiciones y prevención, salud, seguridad y bienestar en el trabajo. Cualquier organización, sea esta una sociedad civil mercantil o de cualquier otra naturaleza está en la obligación de cumplir con lo establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento, por cuanto lo que da origen a la obligación es la relación de dependencia laboral que exista entre uno o varios trabajadores con su patrono.

Establecer las instituciones, normas y lineamientos en materia de seguridad y salud Regular derechos y deberes de trabajadores y empleadores
  • Establecer sanciones por incumplimiento de esta normativa
ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL LOPCYMAT
  • Empresas públicas o privadas, persigan o no fines de lucro
  • Cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias de carácter productivo o de servicio
  • Se exceptúan los miembros de la Fuerza Armada Nacional de conformidad con el artículo 328 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
  • A los trabajadores efectuados bajo relación de dependencia por cuenta de un empleador y el lugar donde se ejecute.
  • Trabajo a domicilio, domestico y de conserjería.
  • Quienes desempeñan labores en cooperativas u otras formas de asociaciones.
  • En materia de promoción de la seguridad y la salud en el trabajo
La LOPCYMAT contiene la obligatoriedad de crear:
• Comités de seguridad y salud laboral
• Servicios de Seguridad y salud en el trabajo.
Cualquier organización, sea esta una sociedad civil mercantil o de cualquier otra naturaleza está en la obligación de cumplir con lo establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento, por cuanto lo que da origen a la obligación es la relación de dependencia laboral que exista entre uno o varios trabajadores con su patrono.
Del registro, afiliación y cotizaciónal Régimen Prestacional
Todo patrono está en la obligación de registrarse en la Tesorería de Seguridad Social. Los empleadores que contraten a uno o más trabajadores están obligados a afiliarlos, dentro de los 3 primeros días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral en el sistema de seguridad social y hacer las respectivas cotizaciones.

Los patronos deberán cotizar un porcentaje comprendido entre 0,75 Y el 10% del salario de cada trabajador del ingreso o renta de cada asociado.

Protección de la maternidad y seguridad social de la trabajadora
La mujer durante el embarazo y hasta un año después tiene derecho a no realizar trabajos que pongan en riesgo su vida, salud o seguridad en el trabajo o la salud de su hijo, sin que ello implique menoscabo de sus condiciones de trabajo. Durante el embarazo la trabajadora disfrutará de un día o 2 medios días de licencia o permiso remunerado cada mes para la atención medica; y, durante el primer año de vida del niño se establece el derecho a disfrutar de un día de permiso cada mes para concurrir al centro asistencial pediátrico.
Derechos de los trabajadores en las empresas
  • Ser informados al inicio de su actividad, de las condiciones en que ésta se va a desarrollar
  • Recibir formación teórica y práctica en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales
  • Rehusarse a trabajar a interrumpir una tarea o actividad, cuando exista un peligro inminente que ponga en riesgo su vida
  • Denunciar condiciones inseguras o insalubres de trabajo
  • Ser reubicados de sus puestos de trabajo o a la adecuación de sus tareas por razones de salud, rehabilitación o reinserción laboral
  • Que se le realicen periódicamente exámenes de salud preventivos
 Deberes de los trabajadores en las empresas
  • Ejercer las labores derivadas de su contrato con sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo
  • Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los Equipos de Protección Personal (EPP) e instalaciones
  • Hacer buen uso y cuidar las instalaciones de trabajo
  • Mantener condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo
  • Informar de inmediato de la existencia de una condición insegura capaz de causar daños a la salud o a la vida
  • Participar activamente en forma directa o a través de la elección de representantes, en los Comité de Seguridad y Salud Laboral

Derechos de los empleadores
  • Exigir a sus trabajadores y trabajadoras el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad, ergonomía, las políticas de prevención y el uso adecuado de las instalaciones y EPP
  • Recibir información y capacitación en materia de salud, higiene, seguridad, por parte de los organismos competentes
  • Proponer en el Comité de Seguridad y Salud Laboral las amonestaciones a los trabajadores (as) que incumplan con los deberes establecidos en el artículo 54 de la presente ley
  • Ejercer la defensa en caso de imputaciones o denuncias que puedan acarrearle sanciones en virtud de lo establecido en la presente ley
 Deberes de los empleadores
 El artículo 39 de la LOPCYMAT establece directrices sobre los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Los empleadores deben organizar un servicio propio o mancomunado de seguridad y salud en el trabajo, conformado de manera multidisciplinaria, de carácter especialmente preventivo
  • La exigencia de estos servicios se regirá por número de trabajadores y en una evaluación técnica de las condiciones y riesgos específicos de cada empresa
 De la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
formulará y evaluará la política nacional destinada al control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los ac­cidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, la restitución de la salud y la rehabilitación, la recapacitación y reinserción laboral, así como la promoción de programas para la utilización del tiempo libre, descanso y turismo social y del fomento de la construcción, dotación, mantenimiento y protección de la infraestructura de las áreas destina­das a tales efectos.
Aspectos a incorporar en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
 La Política Nacional de Seguridad y Salud en el Tra­bajo deberá incluir, entre otros, los siguientes aspectos:
El establecimiento y aplicación de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo, utilización del tiempo libre, des­canso y turismo social.
La inspección y supervisión de las condiciones y medio ambien­te de trabajo,
La formación, educación y comunicación en relación con la pro­moción de la seguridad y salud en el trabajo.
La promoción de la organización de trabajadores y trabajadoras, empleadores y empleadoras, trabajadores y trabajadoras con discapacidad laboral y de otros grupos sociales, para la defensa de la salud en el trabajo.
El amparo y la protección de los trabajadores y trabajadoras que actúen individual o colectivamente en defensa de sus de­rechos.
La protección de trabajadores y trabajadoras con discapacidad de manera que se garantice el pleno desarrollo de sus capaci­dades de acuerdo a su condición.
La especial atención a la mujer trabajadora a fin de establecer criterios y mecanismos que garanticen la igualdad de oportu­nidades e impidan su discriminación.
La protección de los niños, niñas, adolescentes y aprendices, de manera que garantice el pleno desarrollo de sus capacidades de acuerdo a su condición en concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adoles­cente.
Los mecanismos y políticas de coordinación y cooperación en­tre los órganos y entes competentes en el área de seguridad y salud en el trabajo a nivel nacional, estadal y municipal.
Otros que le asignen esta Ley y su Reglamento.
La LOPCYMAT establece las siguientes responsabilidades y sanciones por el incumplimiento de su normativa:
El incumplimiento de la Ley o su Reglamento pueden acarrear sanciones, las cuales son identificadas por el legislador de la manera siguiente:
1.- Responsabilidades Administrativas
a) Leves: hasta 25 Unidades Tributarias.
b) Graves: hasta 26 Unidades Tributarias.
c) Muy graves: de 76 a 100 Unidades Tributarias.
d) Cierre de la empresa por 48 horas con el pago de salario a los trabajadores durante el cierre.

2.- Responsabilidades Penales
En caso de ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional como consecuencia de la violación de la normativa legal en materia de salud en el trabajo por parte del empleador o de la empleadora, éste estará obligado al pago de una indemnización al trabajador, trabajadora o derechohabientes de acuerdo a la gravedad de la falta y de la lesión:

a) Por muerte o lesión del trabajador: prisión de 8 a 10 años.
b) Por discapacidad total permanente: prisión de 5 a 9 años.
c) Por discapacidad parcial permanente: prisión de 2 a 4 años.
d) Discapacidad temporal: prisión de 2 a 4 años.


Estos aspectos aquí contenidos, encierran la importancia que tiene el tema laboral para todas las empresas mercantiles o no, asociaciones, cooperativas y cualquier otra modalidad que implique subordinación, por cuanto las normas son de carácter obligatorio y los plazos establecidos para el cumplimiento de los deberes se extinguieron. No obstante la imposición de cumplimento persiste, aún con las sanciones establecidas en la LOPCYMAT.



No hay comentarios.:

Publicar un comentario